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Anses pagará hasta 26.000 pesos a las personas que fueron despedidas sin causa

Los trabajadores que fueron despedidos sin causa o por el cierre de una empresa recibirán una asistencia

Redacción
03/11/2022 16:58
ANSES paga hasta $26.805 por la Prestación por Desempleo
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La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) paga con aumento en noviembre a cada beneficiario de la Prestación por Desempleo, asistencia económica destinada a los trabajadores que fueron despedidos sin causa o cierre de una empresa.

La cantidad de dinero recibida estará relacionada con el salario que percibía el solicitante, mientras que la duración del cobro corresponde al tiempo efectivamente trabajado y contribuido al Sistema de Seguridad Social (SSS) en los últimos dos o tres años previos al despido o cierre de empresa.

A partir de septiembre último rigen los aumentos del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) que impactan en la Prestación por Desempleo.

Los nuevos montos mínimos y máximos del beneficio para desocupados quedaron de la siguiente manera hasta este noviembre, mes para el que está programada una nueva revisión por parte del Consejo del Salario.

-Septiembre: $14.222 y $23.704

-Octubre: $15.153 y $25.254

-Noviembre: $16.083 y $26.805

Una de las principales condiciones para poder acceder al cobro de la Prestación por Desempleo es que el beneficiario no reciba otros ingresos por parte del organismo previsional, tales como la Asignación Universal por Hijo (AUH) y el Potenciar Trabajo.

LAS PERSONAS QUE PUEDEN COBRAR ESTA ASISTENCIA SON:

 -Trabajadores permanentes: tener al menos 6 meses de trabajo con aportes en los últimos tres años anteriores al despido o finalización del contrato.

 -Trabajadores eventuales y de temporada: haber trabajado menos de 12 meses en los últimos tres años y más de 90 días en el último año, antes de la finalización del empleo.

La documentación necesaria para tramitar el beneficio requiere del DNI original y una fotocopia. Para el despido sin causa, se requiere el telegrama de despido, carta documento o nota de despido con firma certificada del empleador.

Despido por quiebra o concurso preventivo del empleador, se requiere: nota del síndico certificando la disolución del contrato laboral, sentencia de quiebra autenticada por juzgado, telegrama del empleador notificando el cese por quiebra o el ejemplar del Boletín Oficial donde se publicó la quiebra.

Prestación por Desempleo

La solicitud para acceder a esta prestación conviene realizarla como máximo 90 días después del despido o cierre de empresa, ya que superado ese plazo los días posteriores son descontados del total de la asistencia económica que corresponda.

El organismo previsional tiene en su sitio web, anses.gob.ar, el servicio "Mi ANSES", en el que se pueden hacer consultas.

 

 

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