¿Quieres recibir notificaciones de noticias?

Podrán ingresar extranjeros por el Paso Cristo Redentor

¿Quieres recibir notificaciones de noticias?

Publicidad

25° Mendoza

Viernes, abril 19, 2024

RADIO

ONLINE

25° Mendoza

Viernes, abril 19, 2024

RADIO

ONLINE

PUBLICIDAD

Podrán ingresar extranjeros por el Paso Cristo Redentor

30/11/2020 06:48
PUBLICIDAD

La autorización indica que serán aquellos que necesiten hacerlo de manera especial.


La Dirección Nacional de Migraciones dispuso el ingreso de extranjeros al país a través del sistema internacional Cristo Redentor. La autorización obedecerá para casos específicos y no de manera general.

Según consta en el artículo 1 de la disposición publicada por el organismo nacional, se habilita de forma excepcional el sistema Cristo Redentor para el ingreso al territorio nacional de “los extranjeros no residentes que sean parientes directos de ciudadanos argentinos, y que ingresen transitoriamente a nuestro país por razones de necesidad”.

A eso agrega que otro requisito es que vengan de países que “no requieran visado en virtud de acuerdos bilaterales o medidas unilaterales que eximan de dicho requisito, siempre que las personas extranjeras autorizadas den cumplimiento a las recomendaciones e instrucciones dispuestas por la autoridad sanitaria nacional”.

Hasta esta semana la única puerta de ingreso al país era el aeropuerto de Ezeiza y la terminal de ferries desde Uruguay, pero este lunes se autorizaron nuevas terminales. En concreto se menciona el aeropuerto de San Fernando y los Pasos Fronterizos Internacionales Paso de los Libres – Uruguayana (Corrientes); Sistema Cristo Redentor (Mendoza); San Sebastián, (Tierra del Fuego); Gualeguaychú – Fray Bentos, (Entre Ríos).

“Los extranjeros no residentes alcanzados por la presente medida deberán completar la “Declaración Jurada Electrónica para el ingreso al Territorio Nacional”, subraya y antes de ingresar deberán presentar “certificado de nacimiento, matrimonio o de convivencia debidamente apostillado o legalizado, según corresponda, que compruebe el vínculo directo con un ciudadano argentino, copia del DNI argentino del familiar a quien precisa visitar, reserva de pasajes; constancia de PCR con resultado negativo -con un máximo de 72 horas de anticipación- y un seguro de asistencia médica que comprenda prestaciones de internación y aislamiento por COVID-19″.

PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD