Cornejo promulgó una norma para que los jueces penales trabajen más horas en Mendoza
La ley modifica el funcionamiento de los Tribunales Penales Colegiados y los Juzgados Penales Colegiados
El gobernador de Mendoza, Alfredo Cornejo, promulgó este jueves la Ley N° 9666, una norma de cambios para el Código Procesal Penal que busca la agilización y eficiencia en el sistema de la Justicia. La normativa incluye una disposición clave que obliga a los jueces a programar los debates judiciales en horario vespertino.
Esta medida, que entró en vigencia el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial, busca garantizar que las audiencias se realicen de manera continua y sin suspensiones, incluso permitiendo que las audiencias que hayan fracasado de manera injustificada sean reprogramadas en días y horarios inhábiles cuando el servicio de justicia lo exija.
Juicios por la tarde en Mendoza
La ley modifica el funcionamiento de los Tribunales Penales Colegiados y los Juzgados Penales Colegiados y se centra en asegurar que el proceso se lleve a cabo mediante audiencias orales.
El cambio más notable para los jueces de juicio es que las audiencias de debate (la parte final y decisiva del juicio) deberán desarrollarse obligatoriamente en horario vespertino.
Además de esta franja horaria extendida, la nueva normativa busca una mayor disponibilidad de los magistrados:
Jueces de Audiencias Programadas: Designados específicamente para llevar a cabo la agenda de juicios.
- Jueces de Turno (Garantías y Ejecución): Estarán disponibles las 24 horas del día para resolver peticiones urgentes, como allanamientos, requisas o cuestiones vinculadas al control de la privación de libertad.
Para coordinar este nuevo esquema de trabajo, la ley refuerza el rol de la Oficina de Gestión Administrativa Penal (OGAP).
La OGAP tiene la función crucial de organizar la administración y planificar la agenda de audiencias. Es esta oficina la que fija la fecha de las audiencias y debe garantizar la conexión digital para las personas privadas de libertad, asegurando que las audiencias se realicen a horario.
Esta nueva oficina también es responsable de hacer un seguimiento de las audiencias. Si un juez o funcionario hace fracasar de manera injustificada una audiencia más de tres veces en un año (o seis veces en diversos años), el sistema lo registrará automáticamente. Quien incurra en este incumplimiento podría ser considerado responsable de mal desempeño.
Transparencia y Digitalización
La Ley N° 9666 promueve una mayor transparencia al exigir que la agenda de audiencias penales se publique en la página web del Poder Judicial, especificando el juez, fiscal, defensor, el delito que se investiga y el motivo de la audiencia.
Adicionalmente, las resoluciones y sentencias emitidas por los tribunales deberán publicarse en la página web y en la lista diaria de expedientes. La ley también garantiza el uso de medios tecnológicos, incluyendo la posibilidad de realizar audiencias por videoconferencia.