ATP: Cuándo se cobra el salario en agosto
El programa de Asistencia al Trabajo y la Producción ( ATP) cerró la inscripción el martes 4 de agosto mediante AFIP, para aquellas empresas privadas que buscaban asistencia del Estado para el pago de salarios de julio de sus empleados durante la pandemia del coronavirus (Covid-19).
Durante esta nueva etapa Afip contempló la posibilidad de que aquellos empleadores que hayan registrado aumentos nominales en su facturación de hasta el 30% interanual en junio, tramitar un crédito subsidiado para el pago de salarios.
Qué actividades y cómo acceden este mes al salario complementario:
- Hasta dos salarios mínimos ($ 33.750) aquellas actividades consideradas críticas (turismo, restaurantes, gimnasios, cultura y deportes).
- Hasta $ 25.300 los trabajadores de las empresas de otros rubros que hubieran registrado una caída nominal en su facturación entre los meses de junio de 2019 y 2020.
En el caso de las firmas cuya facturación nominal haya mostrado una variación positiva de entre el 0 y 30%, lograron tramitar un crédito garantizado y subsidiado por el Gobierno nacional para financiar los salarios.
- Si la facturación fue entre 0 y 10% más que en junio de 2019, será un crédito a tasa cero;
- Para un alza interanual de ventas de entre 11 y 20%, la tasa será del 7,5%
- Para las empresas que hubieran facturado entre 21 y 30% más, la tasa será del 15% anual.
«Los créditos estarán disponibles una vez que finalice el período de inscripción», informó la AFIP.
Cómo cómo consultar cuándo Anses deposita su parte del sueldo del ATP
Para iniciar la gestión de consulta, se debe ingresar a la web oficial de Anses
Al bajar en la misma home, en la parte derecha se destacada un área de «Accesos rápidos».
Seleccionar «Asistencia de Emergencia para el Trabajo y la Producción ( ATP)».
- Una vez seleccionado el ATP, la misma web te redireccionará hacia la entrada de consulta
- Con sólo ingresar tu CUIL ya podrás conocer el estado en el que se encuentra la liquidación de sueldo
Qué pasa si mi CUIL no está registrado en la base de Anses
En el caso de aparecer la leyenda «usted NO está registrado, consulte a su empleado», no necesariamente quiere decir que el empleador no hay solicitado el beneficio o que no se haya informado el CBU, por lo que puede darse en ocasiones menores algún tipo de retraso en el impacto.