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ANSES: hay dos pagos de $100.000 y $ 15.000 que pocos conocen y se pueden solicitar, los requisitos

Tras la pandemia, ANSES paga dos asistencias que oscilan entre los $ 100.000 y los $ 15.000: ¿De qué se tratan y cuáles son los requisitos?

Redacción
28/11/2022 07:45
Día de cobro en la ANSES.
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La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) paga una amplia variedad de asistencias, algunas más conocidas y con más alcance que otras. Desde la AUH o AUE hasta el Programa Alimentar y las jubilaciones y pensiones, la entidad se encarga de distintas gestiones.

Entre estas, una de los menos conocidas es el pago de un bono mensual para familiares de víctimas del Covid-19, la "Pensión para los familiares del personal de salud, fuerzas armadas, de seguridad y otros, fallecidos por COVID-19".

Este pago vitalicio, dispuesto en el 2020, alcanza actualmente los $ 100.706 y se paga mes a mes con el objetivo de "acompañar a los familiares de trabajadoras y trabajadores esenciales que hayan fallecido como consecuencia del virus".

Además, durante la pandemia ANSES también dispuso el pago de un "Subsidio de contención familiar" para los familiares de jubilados o pensionados de la entidad fallecidos a raíz del Covid-19. Este es un pago único de $ 15.000 que se puede solicitar ante el organismo: todos los requisitos de ambas asistencias.

Pensión para familiares de personal esencial: ¿cómo solicitarla?

Esta pensión fue dispuesta durante la pandemia para que los familiares de los trabajadores esenciales fallecidos a raíz del virus debido a que estos no se pudieron aislar tengan un ingreso estable.

Según indica ANSES, "está destinada a cónyuges, convivientes e hijas/os de trabajadoras y trabajadores esenciales que hayan fallecido durante el ejercicio de sus tareas como consecuencia del COVID-19".

El monto del pago, que se realiza de forma mensual y es de carácter vitalicio, supone dos jubilaciones mínimas. Así, dado que estas aumentarán a $ 50.125 a partir de diciembre, los familiares de las víctimas cobrarán el mes entrante $ 100.250 en total.

Como principal requisito, la ANSES dispuso el pago de la asistencia mensual para los familiares de trabajadores esenciales fallecidos entre el 1 de marzo y el 30 de septiembre de 2020 como consecuencia del virus.

Así, la pensión aplica a los siguientes rubros:

Personal de los sistemas de salud pública y privada

Personal de las Fuerzas Armadas

Personal de las Fuerzas de Seguridad

Personal de la Actividad Migratoria

Personal de la Actividad Aduanera

Bomberos

Recolectores de residuos domiciliarios

Recolectores de residuos patogénicos

Para realizar el trámite se debe presentar el certificado de defunción donde conste que la causa del fallecimiento fue a causa del Covid-19 y una constancia del empleador que manifieste que el trabajador efectivamente realizaba sus tareas en ese período.

Además, según el vínculo, se exigen los siguientes requisitos:

Cónyuge de la trabajadora o trabajador fallecida/o:

Partida de matrimonio actualizada (posterior a la fecha de fallecimiento).

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) paga una amplia variedad de asistencias

Conviviente de la trabajadora o trabajador fallecida/o:

Unión convivencial

O acreditar cinco años de convivencia anteriores e inmediatos a la fecha del fallecimiento. Ese plazo se reduce a 2 años en caso de haber tenido un hijo en común y reconocido por ambos.

Hijas/os de la trabajadora o trabajador fallecida/o:

Hijas/os solteras/os hasta los 21 años de edad.

Hijas/os solteras/os hasta los 25 años, si a la fecha del fallecimiento recibían pago por alimentos (art. 663 del CC).

Hijas/os solteras/os cuando sus capacidades se encontraran restringidas a la fecha de fallecimiento del causante sin límite de edad, mientras dure esa restricción.

Hijos/as solteros/as, viudos/as y divorciados/as sin límite de edad, a cargo del causante, que se encontraran:

Con incapacidad para trabajar a la fecha del fallecimiento del causante.

En un estado comprobado de necesidad ocasionado por la escasez o carencia de recursos personales a la fecha en que cumplieran 18 años de edad.

Esta pensión es compatible tanto con la AUH como la AUE y las jubilaciones de ANSES. En contraste, es incompatible con cualquier otra prestación no contributiva de carácter nacional, provincial, municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Para inscribirse, es preciso ingresar con CUIL y Clave de la Seguridad Social a Mi ANSeS, donde se podrá gestionar el trámite en la pestaña de "Atención Virtual", opción "Asistencia para inicio de Pensión COVID - Ley N° 27.549".

Subsidio de contención familiar de $ 15.000: los detalles

Por otro lado, ANSES también dispone de un pago único para "acompañar a las familias ante el fallecimiento de una persona jubilada o pensionada o de personas fallecidas por Covid-19".

Este se trata de un reintegro por gastos de sepelio, el cual se abona al presentar la factura correspondiente y la partida de defunción de la persona fallecida. Supone un pago único de $ 15.000.

Como requisitos básicos para solicitar la asistencia es preciso que el fallecimiento haya sido acreditado ante ANSES, que el fallecido haya tenido una jubilación o pensión otorgada por la entidad (o en trámite, con el derecho ya efectivamente otorgado) y que no haya transcurrido más de un año desde el fallecimiento.

ANSES tiene dos asistencias clave para familiares de víctimas del Covid-19.

Para acceder es preciso reunir toda la documentación que se solicita -que acredite haber pagado el sepelio, cremación o inhumación- sacar un turno a través del sitio oficial de ANSES y, en el día indicado, acercarse a la oficina elegida para realizar la gestión presencial.

A quiénes les corresponde

Jubilación o pensión:

Personas que acrediten haber pagado los gastos de sepelio o cremación o inhumación.

Viudas, viudos, convivientes previsionales, hijas e hijos con derecho a la pensión por fallecimiento.

Otras herederas o herederos de la persona fallecida.

Covid-19:

Familiares directos (cónyuge o conviviente previsional, madre o padre o hija o hijo) de personas fallecidas en situación de vulnerabilidad que acrediten haber pagado los gastos de sepelio o cremación o inhumación:

Desocupadas o desocupados

Trabajadoras o trabajadores informales

Monotributistas de las categorías A y B

Personal de casas particulares

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