Rechazan pedido de arresto domiciliario de José López en la causa Vialidad
El Tribunal Oral Federal 2 denegó la solicitud del ex secretario de Obras Públicas, condenado a seis años de prisión, al considerar que no hay pruebas que justifiquen un riesgo para su vida o integridad física en el penal
El juez Jorge Gorini, integrante del Tribunal Oral Federal N°2, resolvió este jueves rechazar el pedido de prisión domiciliaria presentado por la defensa de José Francisco López, ex secretario de Obras Públicas de la Nación, condenado en el marco de la causa Vialidad.
El fallo del juez Gorini mantiene firme la condena y las condiciones de detención del ex funcionario
López, quien cumple una pena de seis años de prisión por delitos vinculados al direccionamiento de la obra pública en favor del empresario Lázaro Báez durante los gobiernos kirchneristas, había solicitado el beneficio alegando cuestiones vinculadas a su seguridad personal.
Sin embargo, el magistrado fue contundente en su resolución.
"No se han identificado, ni la parte aportó, elementos objetivos de convicción que permitan suponer que su vida o integridad física se encuentran en peligro", argumentó Gorini. Además, sostuvo que los antecedentes de la causa no sólo no evidencian una amenaza concreta, sino que incluso llevan a inferir lo contrario.
Contexto y antecedentes
La causa Vialidad fue uno de los expedientes más relevantes en materia de corrupción en los últimos años, y tuvo como principales acusados a funcionarios del más alto nivel, incluida la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner. José López fue uno de los implicados más emblemáticos, no solo por su rol en el manejo de la obra pública, sino también por el escándalo del revoleo de bolsos con millones de dólares en un convento, hecho que lo convirtió en símbolo de la corrupción estatal.
La causa Vialidad fue uno de los expedientes más relevantes en materia de corrupción en los últimos años
El fallo del juez Gorini mantiene firme la condena y las condiciones de detención del ex funcionario, quien continuará cumpliendo su pena en una cárcel común, sin acceso al beneficio del arresto domiciliario.