El País

Luz a precio de mercado: la reforma eléctrica que fomenta contratos directos a partir de noviembre

El Gobierno nacional dispuso cambios en el funcionamiento del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) con el objetivo de impulsar un esquema basado en señales de precios sin la intervención del Estado.

El Gobierno nacional ha anunciado un cambio profundo en la forma en que funciona el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) . El objetivo principal es que el mercado se guía por las señales de los precios reales, sin la intervención directa del Estado.

Esta modificación se hizo oficial a través de la Resolución 400/2025 y comenzará a aplicarse a partir del 1° de noviembre.

¿Por qué este cambio?

La medida busca restablecer la competencia en el sector. El Estado quiere volver a cumplir su rol de simplemente regular el mercado, sin interferir en la operación diaria de cómo se compra y se vende la electricidad..

Contratos Directos

La reforma incentiva los contratos bilaterales, es decir acuerdos directos entre dos partes de energía y potencia.

Se crea un Mercado a Término de Energía y Potencia que permitirá que las empresas generadoras, las distribuidoras que llevan la luz a tu casa y los grandes usuarios puedan contratar libremente entre sí.

Un punto clave es que esta nueva regla elimina la restricción que tenían las empresas distribuidoras, permitiéndoles firmar Contratos de Abastecimiento de energía eléctrica de fuentes renovables con quienes generan esta energía.

CAMMESA deja de comprar combustibles

Otro cambio importante se da en la administración de los combustibles: la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico (CAMMESA) dejará de concentrar su compra. Sin embargo, CAMMESA mantendrá sus funciones esenciales, como la administración y el despacho, la organización de qué central genera energía en cada momento del mercado.

Cómo se clasifica la electricidad

La resolución establece tres categorías para la energía generada:

1. Generación Asignada: Incluye las unidades que tienen contratos vigentes. Aquí entra la generación bajo administración del Estado Nacional, la generación hidráulica binacional y la generación nuclear.. Esta energía se destinará prioritariamente a la Demanda Estacionalizada (que incluye a la Demanda Residencial y la No Residencial abastecida por las distribuidoras).

2. Generación al Spot: Comprende toda unidad que no fue clasificada como Asignada. Esta energía participará en esquemas que compiten por la mejor remuneración.

3. Generación Nueva: Esto aplica a toda instalación que comenzará a operar después del 1° de enero de 2025. Esta distinción busca dar un incentivo claro para que se realicen nuevas inversiones en el sector.

Para garantizar que siempre haya suficiente energía de respaldo, se crean dos nuevos Servicios de Reserva de Confiabilidad (SRC):

SRC Base: Destinado a la generación térmica que ya existía antes de 2025. Se fija una remuneración de US$ 1.000 por MW disponible al mes.SRC Adicional: Pensado para la Generación Nueva (como plantas térmicas, hidráulicas, nucleares o unidades de almacenamiento). Para atraer inversiones, la remuneración es mucho mayor, alcanzando los US$ 9.000 por MW disponibles al mes, por un plazo máximo de diez años.

Finalmente, la norma busca que los costos asociados a los servicios del MEM sean más transparentes. Además, se actualiza el criterio del tipo de cambio, tomando como referencia el DÓLAR BCRA Comunicación "A" 3500 (Mayorista).

El Organismo Encargado del Despacho (OED), que son las funciones asignadas a CAMMESA, deberá desarrollar todos los procedimientos técnicos necesarios para que esta implementación se lleve a cabo..

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