La Ciudad de Mendoza brinda más beneficios para jubilados
La Ciudad de Mendoza informa los requisitos y el procedimiento para jubilados y pensionados con domicilio en Capital. Contempla exención de tasas municipales y uso gratuito de espacios culturales y deportivos.
El intendente de la Ciudad de Mendoza, Ulpiano Suarez, anunció recientemente dos decretos que amplían los beneficios para jubilados y pensionados con domicilio en Capital.
Estas medidas buscan mejorar la calidad de vida de las personas mayores, complementando sus ingresos y fomentando su participación activa en la vida cultural, deportiva y comunitaria.
La presentación, que se realizó en el CIC Nº1, fue en agosto con la presencia de vecinos y vecinas que suelen acompañar actividades destinadas a la tercera edad. Ahora, se conocieron los detalles para acceder a estos requisitos y las vías para realizar los trámites pertinentes.
Beneficios para personas jubiladas de la Ciudad de Mendoza
A partir del 1 de septiembre de 2025 comenzaron a regir dos decretos municipales (N° 893 y N° 892) que otorgan beneficios específicos para la comunidad mencionada:
-Exención de tasas municipales para jubilados y pensionados que cumplan con ciertos criterios. Esto incluye:
Tasas por servicios a la propiedad raíz.
Recolección de residuos, limpieza de calles, riego y conservación de pavimento.
Servicios del cementerio de la Ciudad.
-Acceso gratuito a espacios culturales y deportivos, entre ellos:
Gimnasios y natatorios municipales, para quienes perciban la jubilación mínima o se encuentren en el rango de haber mínimo.
Entradas gratuitas (10 por función) para jubilados en teatros municipales (Teatro Mendoza, Teatro Quintanilla y Sala 2 de la Nave Cultural), así como en eventos culturales organizados por el municipio.
Requisitos para acceder
Los beneficios alcanzan a jubilados, pensionados o personas en edad de jubilación (60 años mujeres, 65 años hombres) que cumplan con las siguientes condiciones:
Tener domicilio en la Ciudad de Mendoza.
Percibir hasta dos jubilaciones mínimas mensuales del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones (aproximadamente $630.000 al momento del anuncio) para acceder a la exención de tasas.
Para beneficios culturales y deportivos gratuitos, se requiere percibir hasta una jubilación mínima.
La propiedad solicitada debe ser vivienda única y de ocupación personal (no destinada a alquiler ni a actividades comerciales).
No registrar deudas municipales vigentes.
Cómo realizar el trámite
Las personas interesadas deben concurrir a la Ventanilla Única Municipal (9 de Julio 500, planta baja inferior, ala sur), de lunes a viernes de 8.00 a 13.30 horas.
Documentación necesaria:
DNI del titular y de los integrantes del grupo familiar conviviente.
Último recibo del haber jubilatorio/pensionario del titular (y de integrantes si corresponde).
En caso de ser locatario o comodatario: contrato de alquiler/comodato sellado, que acredite el pago de tasas y que el monto no supere dos jubilaciones mínimas.
Certificado de ANSES ("Pago de beneficios").
Constancia de no registrar deudas municipales.
Para entradas culturales gratuitas:
Se deberán solicitar en la boletería correspondiente con 48 horas de anticipación, presentando DNI y bono de ANSES.
Para el uso de gimnasios y natatorios municipales:
Se deberá acreditar la condición de jubilado/pensionado en cada espacio deportivo. El acceso será según disponibilidad de cupos.