Laboral

Argentina bajo observaci贸n de la OIT por un pol茅mico fallo de acoso laboral

La Organizaci贸n Internacional del Trabajo (OIT) se interes贸 en un pol茅mico caso que tom贸 estado p煤blico y que puede generar un grave antecedente para el pa铆s en materia de violencia laboral.

La C谩mara V de Apelaciones en el Trabajo ratific贸 que una trabajadora fue v铆ctima de acoso laboral, pero determin贸 que deber谩 pagar el 60% de los gastos del juicio, incluyendo la defensa de su acosador. Por la gravedad del caso, el especialista en Normas Internacionales del Trabajo de la Oficina de la OIT para el Cono Sur, Sergio Paix茫o Pardo y la Oficial de G茅nero, Larraitz Lexartza, la convocaron a una reuni贸n que se llev贸 a cabo por zoom, en la que le recomendaron la intervenci贸n de la Confederaci贸n General del Trabajo de la Rep煤blica Argentina (CGT) y de los sindicatos de prensa, para elevar la alerta ante organismos internacionales, mientras se espera la definici贸n del Recurso de Queja de la Secretar铆a Judicial 6 de la Corte Suprema de Justicia de la Naci贸n.

"Argentina incumple el Convenio 190", advirit贸 ante la OIT la ex empleada de la Confederaci贸n Argentina de la Mediana Empresa (CAME), v铆ctima de acoso laboral por parte de la c煤pula de la entidad, y agreg贸: "Se usan los protocolos internos como tramperas, si denunci谩s que tu jefe te est谩 acosando, te despiden".

Desde la organizaci贸n, reconocieron que el Convenio 190, ratificado por ley 27.580, incluye, entre las recomendaciones, sancionar una ley sobre acoso laboral, que todavia no se ha debatido en el Congreso de la Naci贸n.

Tambi茅n particip贸 del encuentro la Dra Marisa Belluomini de la Oficina de Violencia Laboral del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, que en primera instancia recepcion贸 el caso y que tambi茅n est谩 haciendo su seguimiento con preocupaci贸n.

CONDENA Y REVICTIMIZACI脫N

Seg煤n consta en la causa, el acoso comenz贸 poco despu茅s de que Alfredo Gonz谩lez asumiera la presidencia de CAME. La denunciante present贸 pruebas documentales y testimoniales que acreditaron una serie de acciones sistem谩ticas de hostigamiento.

Por ejemplo, sorpresivamente no se encontraba el CPU en su escritorio, blanquearon la contrase帽a del correo para que no pueda acceder y hasta formaron un grupo de whatsapp donde se dirig铆an las labores al sector donde incluyeron a todo el equipo menos a ella -cuando era la jefa del 谩rea- para que no pueda estar al tanto de ninguna situaci贸n referida a la comunicaci贸n, le pidieron otorgue su usuario y contrase帽a y hasta le ordenaron realice un viaje pero no le asignaban tarea.

A 48 hs de denunciar los hechos siguiendo el C贸digo de 脡tica de la entidad y ante organismos p煤blicos de violencia laboral, fue despedida. Esto ocurri贸 en plena vigencia del decreto que prohib铆a los despidos durante la pandemia por COVID-19, y sin que tuviera sanciones previas en casi una d茅cada de trabajo.

Pero, en lugar de activar un protocolo interno para protegerla, el Secretario General, Ricardo Diab, recientemente electo presidente de CAME, le contest贸: "(El C贸digo) te habilita a denunciar o decir cualquier cosa de cualquiera, porque te supon茅s que te sent铆s, herida, despreciada?... para vos hay pruebas concretas, vos te sentiste as铆 y te lo respeto...". Acto seguido le cortaron la l铆nea de tel茅fono que reportaron por "robo o extrav铆o".

Mientras que desde legales, su hijo Juan Pablo Diab le dijo: "No ten茅s el derecho ni el deber, porque es al rev茅s, el presidente es el due帽o de todo...". Todo esto qued贸 grabado y aportado como prueba ante la justicia.

Seg煤n se desprende de la causa, las acciones de acoso ten铆an como fin que abandone su puesto de trabajo, y la trabajadora apunt贸 a la contrataci贸n de una empresa externa por parte de las autoridades de CAME.

En primera instancia, la jueza Mar铆a Elena L贸pez concluy贸 que fue un despido injustificado y que existi贸 "mobbing". La Sala V de la C谩mara de Apelaciones confirm贸 ampliamente este 煤ltimo criterio, se帽alando que las acciones de acoso laboral procedieron "directamente de la c煤pula jer谩rquica".

Pero en una decisi贸n controvertida, los jueces Gabriel De Vedia y Beatriz Ferdman consideraron que el despido fue justificado debido a la negativa de la empleada a cumplir 贸rdenes. "驴Qu茅 贸rdenes pod铆a incumplir si le quitaron el CPU, el correo electr贸nico, la excluyeron de toda comunicaci贸n y le cortaron la l铆nea de tel茅fono?", detallaron desde la defensa.

Los fundamentos de los jueces de C谩mara se volvieron contradictorios:"La empresa requiri贸 a la trabajadora, entregase su usuario y contrase帽a para ingresar al sistema ..., lo que denota una acci贸n impropia de la empleadora que pretend铆a acceder a ese sistema a trav茅s de las credenciales de acceso que identificaban a la usuaria... En este sentido coincido con la trabajadora que la responsabilidad en el correcto uso de la herramienta inform谩tica para realizar las actividades laborales le cabe a cada usuario del sistema y justamente por ser un sistema de identificaci贸n de cada dependiente es personal", sostuvo el fallo, pero a帽ade: "Aun considerando que los contactos de prensa aportados por la trabajadora eran datos personales, no puede olvidarse que fueron puestos al servicio de la demandada..." y "si la trabajadora pretend铆a quitar de la base de datos sus contactos, debi贸 acreditar que ello fue una condici贸n previa pactada entre las partes", expuso el fallo.

Es decir, para los jueces la empleadora no pod铆a pedirle su usuario y contrase帽a pero s铆 acceder a su agenda personal almacenada en el sistema de correo, y esto lo invoca como motivo de despido justificado, por "desobediencia a cumplir 贸rdenes".

"Con ese ins贸lito criterio, cualquier periodista o jefe de prensa que sea contratado precisamente por sus contactos (construidos con a帽os de trabajo previos), al utilizarlo para un nuevo trabajo pasar铆an a ser propiedad de la empresa, aunque su agenda haya sido previa a su contrataci贸n y represente su capital de trabajo, como se demostr贸 en este caso", sostuvieron desde la defensa y agrega: "Adem谩s invierte arbitrariamente la carga de la prueba porque la empleadora no pudo demostrar ni que le entreg贸 una agenda ni que su contrataci贸n estaba condicionada a que entregue la suya".

"El mobbing en s铆 mismo debe considerarse como un despido indirecto, porque justamente la finalidad es que la trabajadora abandone su puesto de trabajo y la acosaban pidi茅ndole sus pertenencias personales", detallaron indignados por la decisi贸n de los jueces de C谩mara.

As铆, aunque condenaron a CAME a pagar m谩s de 50 millones de pesos por da帽os morales y diferencias salariales, tambi茅n impusieron a la v铆ctima el pago del 60% de las costas judiciales. Desde la defensa calificaron la resoluci贸n como "revictimizante" porque la trabajadora que sufri贸 el acoso le debe pagar los gastos de abogados y judiciales a su victimario.

LAS MUJERES LAS QUE M脕S SUFREN ACOSO EN EL 脕MBITO LABORAL

La Ley de Protecci贸n Integral a Las Mujeres identifica como modalidad de violencia laboral "el hostigamiento psicol贸gico en forma sistem谩tica sobre una determinada trabajadora con el fin de lograr su exclusi贸n laboral", tal como sucedi贸 en este caso.

Seg煤n una encuesta desarrollada por Bumeran, m谩s de la mitad de las v铆ctimas de acoso por parte de su jefe dijo no haber denunciado el hecho violento por miedo a perder el trabajo. El relevamiento revel贸 que las mujeres que s铆 expusieron el hecho de violencia (ya sea en recursos humanos, con sus compa帽eros o, incluso, con la persona que ejerci贸 violencia) dijeron que ese relato tuvo consecuencias negativas: a m谩s de la mitad la echaron del trabajo.