La Ciudad endurece restricciones para bares: multa de hasta 50 mil pesos
Con el prop贸sito de evitar mayores contagios por COVID-19, este lunes el gobierno provincial orden贸 el cierre de bares durante 15 d铆as en todo el territorio provincial. En el 谩mbito de la Ciudad de Mendoza, no existe la clasificaci贸n de establecimientos gastron贸micos bajo el rubro 鈥渂ares鈥, por lo tanto no existen establecimientos habilitados como tales. Si bien existen establecimientos cuyo nombre de fantas铆a se refiere a 鈥渂ar鈥, se encuentran habilitados bajo alguno de los rubros determinados en la Ordenanza Tarifaria Municipal.
En tal sentido y a los fines de dar cumplimiento a la normativa provincial, la Ciudad ha procedido a determinar el alcance de la actividad equivalente a la que se realiza en los denominados 鈥渂ares鈥. De esta manera, entiende como tales aquellos establecimientos donde se expenden bebidas sin la preparaci贸n y despacho de comidas elaboradas en cocina y servidas al plato.
En consecuencia, la Ciudad de Mendoza determin贸 c贸mo se implementar谩 esta nueva disposici贸n en los locales habilitados de Capital, que cuenta con 298 restaurantes/parrillas, 152 pizzer铆as/sandwicher铆as y 291 minimarkets. Muchos de los mismos, tienen habilitado el expendio de bebidas y, en su din谩mica de funcionamiento, podr铆an ser equiparados a los llamados 鈥渂ares鈥.
鈥淓l cumplimiento de las medidas que estamos estableciendo es fundamental para evitar el crecimiento de los contagios. En este sentido, seguimos apelando al aislamiento voluntario para cuidarnos entre todos y, en especial, cuidar a los grupos m谩s vulnerables鈥, manifest贸 el intendente Ulpiano Suarez.
Medidas
La Ciudad estableci贸 una normativa que dispone la:
1- Prohibici贸n del expendio de bebidas sin consumo de comida elaborada en cocina y servida al plato, en todos los locales gastron贸micos (restaurantes, parrilladas, pizzer铆as y sandwicher铆as). Es decir, ninguno de estos locales de la Ciudad podr谩 solo vender bebidas si estas no son acompa帽adas de una comida elaborada y que se sirva al plato. Es importante destacar que los acompa帽amientos que no son elaborados en cocina, no son considerados comida.
2- Prohibici贸n de la atenci贸n en las barras y/o mostrador en todos los establecimientos antes mencionados.
3- Prohibici贸n de la venta de bebidas para consumo en el lugar en minimarkets, tambi茅n conocidos como drugstores.
Sobre la circulaci贸n
Para asistir a los locales gastron贸micos, se requiere reserva previa, conforme a la normativa provincial, con la cual los clientes podr谩n circular. Luego de asistir al establecimiento, se deber谩 tener disponible en papel o formato digital el ticket o factura coincidente con la reserva. La obligaci贸n rige para el/la titular de la reserva y acompa帽antes.
Sanciones
En caso de incumplimiento a las prohibiciones establecidas, las sanciones son:-Multa de $5.000 pesos para el cliente infractor.-Multa de $50.000 para el establecimiento y clausura en el caso de reincidencia.
En el caso de circulaci贸n sin reserva previa y sin la constancia de asistencia (tickets o factura), se labrar谩n las actuaciones en infracci贸n al art. 205 del C.P., conforme lo dispone el DNU 297 y ss.
Pod茅s consultar el Decreto 843/2020 aqu铆.
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