La AFIP suspende hasta el 30 de junio la iniciaci贸n de juicios por evasi贸n

Por la pandemia y el confinamiento, el Fisco suspendi贸 hasta fin de mes estas acciones, aunque no afecta el ejercicio de actos procedimentales que impidan que esas demandas proscriban.

a Administraci贸n Federal de Ingresos P煤blicos (AFIP) suspendi贸 hasta el d铆a 30 de junio pr贸ximo la iniciaci贸n de juicios de ejecuci贸n fiscal por parte del organismo, en el marco de la emergencia declarada por la pandemia de coronavirus.

A trav茅s de la resoluci贸n general 4730/2020 publicada en el Bolet铆n Oficial, precis贸 que esta suspensi贸n no impide al Fisco ejercer los actos procedimentales y procesales que procuren evitar la prescripci贸n de las acciones y poderes del Fisco para determinar y exigir el pago de los tributos y multas, entre otros.

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Destac贸 que el aislamiento determinado a partir de la pandemia de coronavirus 鈥渞epercuti贸 no s贸lo en la vida social de los habitantes de este pa铆s, sino tambi茅n en la econom铆a鈥.

Subray贸 que la AFIP 鈥渧iene adoptando una serie de medidas con el objeto de facilitar a los contribuyentes y responsables el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, cuya aplicaci贸n, percepci贸n y fiscalizaci贸n se encuentran a su cargo鈥.

La normativa indic贸 que 鈥渟e habilit贸 el levantamiento de la feria judicial extraordinaria, respecto de ciertos tribunales federales con sede en provincias y ciudades que avanzan en las sucesivas fases del aislamiento鈥, y consider贸 que 鈥渄eviene necesario tomar medidas con relaci贸n a la gesti贸n judicial del cobro de las obligaciones tributarias鈥.

En este contexto sostuvo que 鈥渟e estima razonable contemplar la excepcional situaci贸n descripta y proceder a suspender la iniciaci贸n de juicios de ejecuci贸n fiscal鈥.

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