El juez a cargo del concurso Vicentin analizar谩 presentaci贸n santafesina sin apartar a los directivos
La provincia de Santa Fe solicit贸 la intervenci贸n de la empresa. Sin embargo, por ahora sus directivos no ser谩n apartados.
El juez civil y comercial de la localidad santafesina de Reconquista que lleva adelante el concurso preventivo de Vicentin, Fabi谩n Lorenzini, resolvi贸 hoy abrir un 鈥渋ncidente鈥 con la solicitud de intervenci贸n de la empresa presentada por la provincia de Santa Fe, que tramitar谩 en forma 鈥渁ut贸noma鈥 al proceso concursal.
De esa manera, el juez rechaz贸 el planteo suspensivo de la resoluci贸n adoptada el viernes pasado, mediante la cual reintegr贸 la administraci贸n de la empresa a su directorio, que hab铆a solicitado la Inspecci贸n General de Personas Jur铆dicas (IGPJ) santafesina.
Voceros del gobierno santafesino dijeron a T茅lam que lo que el juez Lorenzini dispuso es que, mientras analiza la presentaci贸n realizado por Santa Fe, continuar谩 vigente su resoluci贸n del 煤ltimo viernes.
鈥淣osotros hab铆amos pedido que se suspendan los efectos de la resoluci贸n (que reintegr贸 la administraci贸n a los directores de la sociedad) hasta que resuelva la presentaci贸n que hicimos para intervenir la empresa鈥, dijo a esta agencia una fuente oficial.
De esta forma, el juez decidi贸 abrir un 鈥渋ncidente鈥 con la presentaci贸n de la IGPJ y, hasta que la resuelva, mantener en vigencia su fallo del viernes 煤ltimo.
La apertura de un 鈥渋ncidente鈥, en t茅rminos jur铆dicos, representa la apertura de un expediente paralelo dentro del concurso de acreedores que se tramita ante ese juzgado.
El viernes pasado, la titular de la IGPJ, Mar铆a Victoria Stratta, pidi贸 al juez que desplace al directorio de Vicentin SAIC de la administraci贸n de la empresa para reemplazarlo por un 贸rgano colegiado compuesto de tres interventores.
Y nomin贸 a los dos designados por el decreto 522/2020, Gabriel Delgado como presidente, Luciano Zarich como vice, a quienes suma como vocal al santafesino Alejandro Alberto Bento.
La presentaci贸n se funda en 鈥渆l poder de polic铆a societaria鈥 que la ley le asigna a la IGPJ, 鈥渄efinido como el sistema mediante el cual el Estado desenvuelve actividades de limitaci贸n frente a expresiones societarias con la finalidad de preservar la existencia de bienes considerados comunes鈥.
En sus considerandos, se帽ala que 鈥渓a intervenci贸n busca otorgar continuidad y transparencia al manejo societario, contribuyendo desde el Estado a la conservaci贸n de la empresa, situaci贸n que reci茅n se consolidar铆a con la finalizaci贸n del concurso preventivo鈥.
Adem谩s, menciona que 鈥渆l inter茅s p煤blico鈥 en el que se fundamenta el pedido de intervenci贸n 鈥渆st谩 presente de modo evidente y con m煤ltiples manifestaciones: aspectos societarios propiamente dichos pero tambi茅n productivos, laborales, sociales, demogr谩ficos y ambientales鈥.