El Gobierno legaliz贸 el acceso al cannabis para uso medicinal

Adem谩s, se crea el 鈥淧rograma Nacional para el Estudio y la Investigaci贸n del Uso Medicinal de la Planta de Cannabis, sus Derivados y Tratamientos No Convencionales鈥

Una nueva reglamentaci贸n para la ley de uso medicinal de cannabis que 鈥渇acilita e impulsa la investigaci贸n cient铆fica orientada a los posibles usos terap茅uticos鈥, busca asegurar 鈥渆l acceso a las terapias de forma segura e informada para todos los usuarios y usuarias鈥, incluso a trav茅s del 鈥autocultivo o el cultivo solidario鈥, qued贸 oficializada hoy, con la publicaci贸n del Decreto 883/2020 en el Bolet铆n Oficial.

La norma establece adem谩s que las obras sociales, el Estado y las prepagas 鈥済aranticen鈥 ese acceso.

Tambi茅n, se le otorga al m茅dico 鈥渦n rol fundamental en el acompa帽amiento de los pacientes鈥 y se contempla la provisi贸n 鈥渆n forma gratuita por parte del Estado鈥 de derivados de la planta a quienes tengan 鈥渋ndicaci贸n m茅dica鈥.

Fuentes oficiales indicaron que este decreto reglamentario, firmado por el presidente Alberto Fern谩ndez, deroga y reemplaza la reglamentaci贸n dispuesta en 2017.

Adem谩s, se crea el 鈥淧rograma Nacional para el Estudio y la Investigaci贸n del Uso Medicinal de la Planta de Cannabis, sus Derivados y Tratamientos No Convencionales鈥 en el marco del Ministerio de Salud.

El nuevo decreto reglamentario 鈥渇acilita e impulsa la investigaci贸n cient铆fica orientada a los posibles usos terap茅uticos y avanza en garantizar el acceso a las terapias de forma segura e informada para todos los usuarios y usuarias, otorg谩ndole al m茅dico un rol fundamental en el acompa帽amiento de los pacientes鈥, indicaron los portavoces.

Entre los objetivos figuran 鈥渓a promoci贸n dirigida a equipos de salud y organizaciones de la sociedad civil y la implementaci贸n de acciones de concientizaci贸n sobre el uso del cannabis y sus derivados鈥.

Tambi茅n, apunta al 鈥渄esarrollo de gu铆as de asistencia, tratamiento y accesibilidad; la provisi贸n en forma gratuita por parte del Estado de derivados de la planta para pacientes que cuenten con indicaci贸n m茅dica y con cobertura p煤blica exclusiva, y el impulso de investigaciones relacionadas con los fines terap茅uticos y cient铆ficos de la planta de cannabis y sus derivados鈥.

Asimismo, 鈥se autoriza, previa inscripci贸n en el nuevo Registro del Programa de Cannabis (Reprocann) el acceso al aceite de cannabis a trav茅s del autocultivo, el cultivo solidario o bien a trav茅s de la utilizaci贸n de especialidades medicinales, en los casos en que exista indicaci贸n m茅dica鈥.

鈥淓l acceso al cannabis y sus derivados deber谩 ser garantizado por las obras sociales y empresas de medicina prepaga o por el Estado para quienes no posean cobertura de salud鈥, se帽ala la reglamentaci贸n oficial.

Tambi茅n el Estado 鈥渂rindar谩 colaboraci贸n t茅cnica para impulsar la producci贸n p煤blica de cannabis en todas sus variedades y su eventual industrializaci贸n para su uso medicinal, terap茅utico y de investigaci贸n en los laboratorios de producci贸n p煤blica de medicamentos nucleados en la Agencia Nacional de Laboratorios P煤blicos鈥.

El Instituto Nacional de Tecnolog铆a Agropecuaria (INTA) y el Consejo Nacional de Investigaciones Cient铆ficas y T茅cnicas (CONICET) podr谩n cultivar cannabis y el Instituto Nacional de Semillas (INASE) ser谩 el encargado de regular 鈥渓as condiciones de producci贸n, difusi贸n, manejo y acondicionamiento de los 贸rganos de propagaci贸n de esta especie que permitan la trazabilidad de los productos vegetales鈥, establece la medida.

Los portavoces destacaron que 鈥渓a nueva reglamentaci贸n surge de un proceso de di谩logo entre el Ministerio de Salud con organizaciones no gubernamentales, sociedades cient铆ficas y organismos p煤blicos involucrados鈥.

Adem谩s, tiene el aval del 鈥淐onsejo Consultivo Honorario sobre la Investigaci贸n M茅dica y Cient铆fica del Uso de la Planta de Cannabis y sus derivados鈥, creado por la ley 27.350, integrado por organizaciones de madres y usuarios de aceite de cannabis para fines terap茅uticos, organismos estatales con competencias en la materia como la ANMAT, el INTA, el Instituto Nacional de Semillas, el CONICET, la Agencia Nacional de Laboratorios P煤blicos y la Comisi贸n Nacional de evaluaci贸n de Tecnolog铆as en Salud鈥.

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